Nueva norma para los conductores menores de edad a partir de marzoEl Pleno del Congreso dio luz definitivamente verde el pasado mes de diciembre al proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, tras someter a votación las enmiendas extraídas en el texto por el senado. Se trata de la décima novena ocasión en la que se reforma la ley. Entre los principales cambios que se han aprobado, se incluye un recorte de la velocidad, al suprimir el margen de 20 kilómetros por hora al adelantar en carreteras convencionales; y un aumento de la pérdida de puntos en situaciones determinadas.El nuevo texto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), salvo algunos puntos que lo harán de manera inmediata.
Por lo tanto, a partir del 21 de marzo de este nuevo año 2022 , los menores de edad tendrán una tasa cero de alcohol como conductores de cualquier vehículo, una novedad incorporada en el Senado. Y es que los menores de 18 años sí que pueden circular con ciclomotores y cuadriciclos ligeros, patinetes eléctricos, bicicletas y motos de menos de 125 cc, por ejemplo. Por ello se ha puesto el foco en este colectivo para así acabar con los cada vez más numerosos casos de jóvenes que van en patinete o bicicleta en estado de embriaguez en las ciudades, además de fomentar una conducción responsable y segura desde las edades más tempranas.
Tendrán que respetar la tasa CERO de alcohol igual que cualquier otro conductor ya penalizado en la actualidad por este tipo de conductas. De hecho, los menores no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0 tanto en sangre como en aire espirado. Aún no se conocen las sanciones que acarreará esta nueva infracción . Lo más seguro es que se trate de una multa económica, ya que los conductores menores de edad no disponen aún de carné por puntos.
Para los demás conductores en la actualidad supone hasta 1.000 euros si se duplicase el límite de la tasa fijada o si fuera la segunda infracción cometida dentro del año anterior. Y habiendo ingerido sustancias estupefacientes o psicotrópicos, la sanción siempre sería de 1.000 euros.
Fuente:https://www.abc.es/motor/reportajes/abci-nueva-norma-para-conductores-menores-edad-partir-marzo-202201100042_noticia.html